INSTRUCCIONES

FORMULARIO ELECTRONICO El mismo requiere como obligatoria Únicamente la información establecida en el artículo 41 de la Ley Se incluye información adicional con fines estadísticos, así como datos para contactar al solicitante para dar mejor seguimiento a su solicitud o entregar la información vía electrónica

INFORMACIÓN CLARA Y PRECISA Para atender adecuadamente su solicitud describa de la forma más clara y completa posible lo requerido, vía telefónica podemos orientarlo (a) para realizar adecuadamente su solicitud, articulo 41 numeral 3 de la Ley.

DATOS PERSONALES Sin perjuicio de lo que dispongan otras leyes, solo los titulares de la información o sus representantes legales podrán solicitarla, previa acreditación, que se les proporciones los datos personales que estén contenidos en sus archivos o sistema de información. Artículos 9,16 y 33 de la Ley

GRATUIDAD El acceso a la información pública será gratuito. Los sujetos obligados deberán esforzarse por reducir al máximo, los costos de la entrega de información, permitiendo la consulta directa de la misma o que el particular entregue los materiales para su reproducción. Artículo 18 de la Ley.

PLAZO DE RESPUESTA El plazo máximo para atender las solicitudes de información pública es de 10 días hábiles contados a partir del día hábil siguiente de ser presentada. Salvo que sea notificada la prórroga por 10 días hábiles más, cuando el volumen y la extensión de la respuesta lo justifiquen, según lo establecido en los artículos 42 y 43 de las Ley

HORARIO DE ATENCIÓN El sistema electrónico está habilitado las 24 horas, sin embargo, si la solicitud es ingresada después de las 16:00 horas o en días inhábiles, la fecha de recepción se considera el día hábil siguiente.